El término “Lista Negra del SAT” se empezó a utilizar a partir del año 2014, a raíz de la implementación del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). La lista negra se utiliza para referirse a los datos almacenados por la Secretaría de Hacienda sobre aquellas personas que tienen en su historial operaciones que 'no existen', o sea, se incluye a Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), conocidas comúnmente como "factureras", y Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS). Estos mismos datos son dados a conocer en la web.
En esta lista aparece el nombre, la denominación social y el RFC de los contribuyentes que se encuentran en alguno de estos casos contemplados en los artículos 69 y 69-B del CFF:
1. Contribuyentes incumplidos (de conformidad con el párrafo décimo segundo del artículo 69 del CFF):
Personas físicas y morales que presuntamente realizan operaciones simuladas (artículo 69-B):
La finalidad de publicar la lista negra es que la autoridad tenga más control sobre los contribuyentes que buscan lucrar o evadir impuestos mediante facturas falsas.
La mayoría de los contribuyentes realizan operaciones con diversos proveedores de acuerdo con sus actividades y sucede que en ocasiones no saben si estos están cumpliendo con sus obligaciones fiscales. La lista sirve para que revisen y se den cuenta de si sus proveedores caen en alguno de los artículos antes mencionados (69 y 69-B).
Se actualizan cada tres meses en base a la regla 1.3 de la RMF y al artículo 69-B CFF, el listado referente al artículo 69 se publica a través de la página del SAT y el 69 B a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), así como en la página web del SAT. Los datos publicados son abiertos para todo el público, por lo que cualquier persona puede acceder y conocer qué contribuyentes están implicados.
Antes de que un contribuyente sea ingresado a la lista negra, se les hace una advertencia por medio de correo electrónico para que se revisen y modifiquen las demandas que se les harán o de lo contrario será ingresado a la lista negra.
El contribuyente tiene 15 días, contados a partir de la última notificación, para presentar pruebas y documentación, con los cuales puede desvirtuar el caso. Es conveniente saldar cuentas con el SAT y en caso de contar con alguna duda, acceder a la siguiente página:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente
Encontrarse dentro de la lista negra del SAT te lleva a sanciones que pueden privarte de la libertad. Las sanciones pueden encontrarse en el CFF en los artículos 109, fracción IV, el cual señala las penas de delitos de defraudación fiscal, entre las cuales se encuentra: la simulación de uno o más actos obteniendo un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal; y en el artículo 113 Bis que refiere a una sanción que va de dos a nueve años de prisión, al que expida, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos.
En conclusión, es de suma importancia verificar la Lista Negra del SAT, ya que tu empresa puede tener proveedores o clientes que se encuentren en ésta sin percatarse. Por un lado, tendrían que llevar a cabo un proceso manual diariamente, lo cual resultaría muy tedioso y poco práctico. Afortunadamente, en Prodigia contamos con un servicio que hace eso por ti. Blinda tu empresa con el servicio de Validación y Lista Negra.
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